lunes, 25 de mayo de 2009

Gestoras de Derechos


Hace unas semanas hablaba de la incompetencia mayúscula de la Sociedad General de Autores Españoles que no solamente gestiona mal esos derechos, sino que, arremete contra quién al fin y al cabo preserva la identidad de éstos adquiriendo sus obras. Ante todo disparan y después preguntan. (Artículo mencionado)

Pero es que el asunto aún va más allá. La noticia de que la SGAE calcuñó interesadamente en un acto musical benéfico que nosotros los consumidores de forma altruista apoyamos con nuestra presencia masiva cada vez que se nos solicita, hizo saltar las alarmas a defcon 2.

Pillados con las posaderas mal aposentadas al socaire retrocedieron aduciendo que desconocían dicho fin benéfico e inmediatamente se demostró que no era real tal afirmación. Se vieron obligados a contribuir ya sin intereses pecuniarios a la causa puntual del acto.

Debe quedar claro de una vez que los autores a los que dicen defender en sus derechos apenas si ingresan nada con las ventas de su producto. Si bien el montante fundamental de sus ganancias proviene de las actuaciones en vivo.

Pero... aquí no acaba todo. En su particular cruzada han puesto la mirada ahora en el mensajero. Los programas peer to peer (p2p) de intercambio de archivos. Alentados por una ley francesa de hace apenas un mes mediante la cual por un método de tres avisos la administración gala puede suspender la conexión a Internet al usuario que los utilice, les ha dado alas.

Han visto una vía de escape. Por fin no están solos en su hazaña. Y claro, andan de abogados procurando dejar en jaque a los desarrolladores de dichos programas de intercambio. El mundo al revés.

Vamos a ver. Quién ha dicho que lo que es ya un derecho fundamental del siglo XXI pueda ser suprimido sin más. Tendrá que existir una orden judicial y para ello es indispensable de toda ley probar que efectivamente compartir archivos en la red es delito.

Si yo, usuario, utilizo un software legal para transferir mis archivos de cualquier índole a un disco duro virtual y así salvaguardarlos de cualquier eventual mal funcionamiento de mi ordenador..., ¿dónde está el delito?. Si además, yo, usuario, quiero traspasar un disco de Neil Diamond, pongamos por caso, a un ordenador remoto de mi propiedad para escucharlo adonde quiera y me apetezca..., ¿dónde está el delito?.

En la antiguedad cuando uno adquiría un disco iba a su tienda de discos habitual y empleaba el tiempo además en charlar con el disquero de las bondades del vinilo en cuestión. Después invitaba a unos amigos a casa y mismamente disfrutábamos de la audición.

Pero el método ha cambiado. Ya no necesito el intercambio bis a bis - y déjenme que yo decida lo que es bueno o no para mí-, ni invitar a nadie a casa. Tengo un ordenador, una conexión a la red y al otro lado mis amigos de siempre y disfrutamos igualmente compartiendo ese disco, apuntes del Máster de turno o los planos de un prototipo de nave espacial.

Señores de la SGAE, son ustedes la última entidad que aún no se ha subido al tren de la tecnología. El mundo a su alrededor ha cambiado y los usuarios y consumidores con él. Apliquen la imaginación, no entorpezcan el desarrollo de la ciencia y ofrezcan nuevos métodos en consonancia y al ritmo que avanza la tecnología.

Quiero compartir con ustedes el siguiente enlace musical para que se relajen escuchando buena música. Una vez que lo hayan hecho no les pediré que la den de baja de su memoria, sólo que reflexionen cómo subirse a un tren que se les escapa a gran velocidad.

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